Aprobada la regularización extraordinaria de migrantes, que exigirá un certificado de antecedentes penales


El Consejo de Ministros del Gobierno español ha aprobado este martes de forma definitiva el real decreto que permitirá regularizar a los migrantes en situación administrativa irregular. La apertura del plazo de solicitudes será el próximo jueves 16 de abril de forma telemática, si bien la atención presencial empezará el 20 de abril.

La autorización, que dará derecho a trabajar durante un año, está dirigida a personas en situación administrativa irregular ya solicitantes de protección internacional que se encuentren en España desde antes del 1 de enero de 2026. Tal y como ha indicado el ejecutivo, será “requisito imprescindible” carecer de antecedentes penales y no suponer una amenaza para la amenaza para la.

“Como saben, estamos modificando el reglamento de la Ley de extranjería y la exigencia de ausencia de antecedentes penales siempre es un requisito en la normativa. Todo en la misma línea. De manera excepcional, en casos puntuales, cuando la situación en el país de origen sea difícil, a través del Ministerio de Justicia y la vía diplomática se puede ayudar a dar más plazo para que el interesado, detallado la ministra Elma Saiz al presentar la medida.

El texto aprobado por el ejecutivo, que se ha reunido este martes en un encuentro presidido por primera vez por el nuevo vicepresidente primero y ministro de Economía, Carlos Cuerpo, aplica algunas modificaciones en el real decreto original para incluir algunos de los cambios planteados por el Consejo de Estado. Desde China, donde se encuentra de viaje oficial, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha defendido la regularización y ha recordado al PP, que se opone, que la medida tiene el aval de actores como la patronal o la Iglesia católica. “Lo que estamos haciendo es reconocer derechos a ciudadanos que ya están en nuestro país”, ha aseverado en una rueda de prensa en Pekín.

“Sin trabas”

Tal y como ha destacado Saiz, el objetivo es que el procedimiento sea “ágil, eficaz y sin trabas” y dé respuesta a todas las peticiones en un plazo abierto hasta el 30 de junio. “Hoy España, que ya es un gran país, se convierte en un país mejor que reconoce derechos en lugar de recortarlos. El procedimiento que hemos preparado con muchísimo trabajo y con mucho cariño está dimensionado para que dé respuesta a todos los que lo soliciten y cumplan los requisitos”, ha destacado la ministra portavoz.

Para llevar a cabo su solicitud de regularización, los ciudadanos podrán acudir a las oficinas de Extranjería habilitadas, a las oficinas de la Seguridad Social o de la Tesorería de la Seguridad Social, al menos una en cada provincia, así como a las oficinas de Correos de capitales de provincia y localidades de más de 50.000 habitantes. Las oficinas de Extranjería y de la Seguridad Social habilitadas estarán abiertas de lunes a viernes de 16:00 a 19:00 horas para estos trámites, y las oficinas de Correos atenderán este trámite de lunes a viernes, de 08:30 a 17:30 horas.

Permiso de trabajo y menores de edad

El Gobierno español ha apuntado este martes que la comunicación del inicio del procedimiento administrativo habilitará automáticamente al solicitante para trabajar en todo el territorio estatal y en cualquier sector de actividad, con un número personal de la Seguridad Social. Además, en el plazo de un mes desde que haya recibido la resolución favorable definitiva, el beneficiario deberá presentar su solicitud para obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). En el caso de menores de edad, se les concederá una autorización de residencia por cinco años.

Cómo acreditar la estancia en el Estado español

Para justificar la estancia en España, tanto los solicitantes de protección internacional como las personas en situación administrativa irregular podrán presentar documentos públicos o privados, o una combinación de ambos, que contengan datos personales que puedan acreditar su identidad y que estén fechados. Las personas en situación administrativa irregular tendrán que acreditar, además, uno de los tres supuestos siguientes: haber trabajado con contrato legal por cuenta ajena o propia en España; contar con una unidad familiar compuesta por hijos menores de edad, mayores con discapacidad o ascendientes de primer grado; o acreditar su situación de vulnerabilidad.

Para ello, podrán descargar un certificado de vulnerabilidad alojado en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Para su presentación, este documento deberá estar acreditado y sellado por las autoridades competentes, bien por las entidades inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería (RECEX) o por los servicios sociales.

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