se aprueba la ponencia de la Ley contra el fraude de los alquileres de temporada – Sindicato de Alquiladoras


La ley propuesta por el Sindicato de Alquiladoras para acabar con el fraude de los alquileres temporales y de habitaciones ha conseguido hoy la mayoría para salir adelante en la comisión de vivienda del Congreso de los Diputados

Un año y cuatro meses después de que los sindicatos de inquilinos registraran su propuesta en el Congreso, PSOE y PNV se han sumado. La necesidad de acabar urgentemente con los agujeros legales que permiten la estafa a los inquilinos ha permitido llegar a un acuerdo transversal. Con el voto de estos dos partidos, y el de los que ya se habían significado a favor -ERC, Bildu, Sumar, Podemos y BNG-, la ponencia de la ley aprobó hoy el texto que irá al Senado, donde se votará en menos de dos meses y se enviará de nuevo al Congreso para su votación definitiva en plenario.

Límite de precios en alquileres temporales y habitaciones

La propuesta plantea modificar quirúrgicamente algunos artículos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), con el objetivo de poner fin al fraude masivo que se está produciendo para saltarse la regulación: el límite de precios se aplicará también a los contratos de temporada y de habitaciones.

Con esta reforma, los contratos de alquiler temporal contarán con las mismas garantías que un contrato habitual, como la prohibición de cobrar los honorarios, los límites de fianza o la regulación de los alquileres. Sólo se podrán realizar alquileres temporales de 12 meses como máximo si se justifica la causa. Si ésta no está justificada o si se encadenan contratos temporales con los mismos inquilinos, el contrato pasará a ser automáticamente de 5 o 7 años.

Por lo que respecta a los alquileres de habitaciones, pasan a tener el precio regulado (la suma de la renta de las habitaciones no podrá superar el tope establecido para los pisos) y los inquilinos quedan protegidos con las mismas garantías que si tuvieran un alquiler habitual de todo un piso.

Menos gastos para los inquilinos: el cobro de IBI queda prohibido definitivamente

  • Esta proposición también termina con otras rendijas de la Ley de Vivienda que los rentistas utilizaban para seguir subiendo precios:
  • Se prohíbe el cobro de IBI y de seguros de impago a los inquilinos
  • Cuando la finca sea de un solo propietario, también se prohíbe el cobro de gastos de comunidad al inquilino
  • Se prohíbe el cobro de gastos inmobiliarios como las visitas, el cambio de suministros o el asesoramiento para evitar el fraude en el cobro de honorarios
  • Se permite al inquilino hacer reparaciones y descontar su coste a la renta, en los casos en que el propietario no estaba cumpliendo con su obligación
  • Se facilita la devolución de la fianza
  • Se prohíben las indemnizaciones al arrendador si el inquilino rescinde el contrato antes de su finalización



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