Obtención del certificado negativo de Delitos de Naturaleza Sexual (DNS)


Este artículo forma parte de una serie de artículos sobre obligaciones legales. Consulta el resto de artículos en ‘Obligaciones legales de las asociaciones: todo lo que hay que saber‘ (CRAJ).

Las entidades juveniles que están en contacto con menores de edadcomo por ejemplo esplais y madrigueras, están obligadas a que todas las personas de su equipo tengan este certificado.

Así lo regula la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia ya la adolescenciaaprobada el 28 de julio de 2015. Entre otros aspectos, establece que el certificado DNS es un requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

¿Quién debe obtenerlo?

Todas aquellas personas que están en contacto habitual con menores de edadaquellas personas que tengan cargos de responsabilidad asociativa aunque no implique contacto directo con menores, personas mayores de edad afiliadas a una asociación que tenga contacto directo o indirecto con menores, y mayores y menores de edad que acompañen como monitoras, pre-monitoras o personal de apoyo a cualquier tipo de actividad.

¿Quién puede solicitarlo?

El certificado DNS puede solicitarlo cualquier persona mayor de edad. Si la persona solicitante no es españolaademás del certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales, deberá aportar un certificado de su país de nacionalidad en el que se informe de la carencia de delitos de carácter sexual.

En el caso de los menores de edadse deberá solicitar presencialmente con la representación de uno de los progenitores o tutores legales. En cuanto a la documentación necesaria, será necesario presentar el original o fotocopia compulsada del Libro de familia, además de los dos DNI (el del menor de edad y el del tutor legal).

¿Cómo conseguirlo?

El trámite de solicitud del certificado DNS es gratuito y hay varias formas de conseguirlo:

  • Con DNI electrónico y lector de DNI: en bibliotecas públicas, Puntos ‘Jóvenes de Barcelona’ o en el CRAJ puede obtener el certificado con un lector de DNI. Sólo hace falta llevar el DNI con el certificado electrónico que contiene actualizado*, y saber la contraseña de éste. También uno mismo puede conseguirlo desde casa si dispone de un lector de DNI, haciendo el trámite en este enlaceseleccionando la opción de personas físicas y “DNIe / Certificado electrónico.
    *El certificado electrónico del DNIe caduca a los 24 meses a partir de la renovación del DNI. Cuando está caducado, se debe actualizar de forma gratuita y sin cola en los puntos de actualización de DNI que hay en las comisarías de la Policía Nacional. Es la misma máquina que permite cambiar la contraseña si se ha olvidado.
  • Con Certificado digital: es sustitutivo del DNI electrónico. Se trata de un documento digital que nos permite identificarnos y, por tanto, poder obtener el certificado DNS desde casa. Si se dispone pues de algún tipo de certificado digital como elidCAT Certificadoo el certificado de persona física de la FNMTse puede obtener el certificado DNS en el mismo enlace, seleccionando la opción de personas físicas y “DNIe / Certificado electrónico.
  • Con Cl@ve PIN: es otro mecanismo que nos permite identificarnos y que puede renovarse cada vez que lo necesitemos. Este sistema se basa en el uso de un código generado automáticamente y un PIN comunicado mediante SMS. Para obtener el certificado DNS con esta opción es necesario hacerlo a través del mismo enlace, seleccionando la opción de personas físicas y “Cl@ve Móvil. Es obligatorio registrarse previamente en el sistema. Para ello, existen diferentes opciones: el registro básicoque se puede hacer por videoidentificación automática o por internet pidiendo una carta de invitación que llega por correo en unos 7 días; y el registro avanzadoque se puede hacer con certificado digital o DNIe por internet o presencialmente en una oficina. Hay que tener en cuenta que el registro básico tiene limitaciones y sólo permite realizar algunos trámites con la administración.
  • Con Cl@viene permanente: similar a la Cl@ve PIN, es un sistema de autenticación pensado para personas que necesitan acceder frecuentemente a los servicios electrónicos de la administración. Se basa en el uso de un código de usuario, su DNI o NIE y de una contraseña que elige el usuario y que no varía. Se hace desde del mismo enlace, seleccionando la opción de personas físicas y “Cl@viene permanente“. Es necesario registrarse previamente en el sistema como se explica en el punto anterior.

También está la posibilidad de hacer una sola demanda agrupada de todas las personas relacionadas con una asociación. Se debe pedir presencialmentey en este caso sólo puede estar en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, en Calle Caballero 52-56 (Barcelona). Se hace una única solicitud adjuntando la siguiente documentación:

  1. Documento de comparecencia del representante de la empresa o entidad ante el Ministerio: modelo del documento de comparecencia.
  2. Una copia compulsada de todos los DNIs con el sello de la asociación.
  3. El modelo de Autorización del Ministerio de Justicia, firmado por cada persona a nombre de la persona responsable de la asociación, que será el representante para obtener la información en su nombre.
  4. Cita previa para ir, de la representante de la entidad.
  5. El modelo de Archivo Excel que ofrece el Ministerio de Justicia, con los datos cumplimentados de todos los solicitantes. El archivo Excel debe entregarse en pendrive junto con la documentación en papel para su tratamiento automatizado, que deberá contener la información de los solicitantes en el mismo orden que la documentación en papel, a fin de obtener una mayor agilidad y preferencia en la expedición.

¿Cada cuánto se debe renovar?

La ley no especifica que este certificado tenga vigencia alguna, lo único que dice es que debe estar actualizado, sin concretar cada cuánto. Por tanto, el certificado DNS no caduca y queda a criterio de la empresa que contrata o de la asociación donde se participa cada cuánto tiempo debe actualizarse. De todas formas, es habitual pedir que el certificado DNS esté actualizado en el año en curso, aunque no lo marque la ley.

Comprobación de la validez por parte de las entidades

Los organismos, entidades o terceros destinatarios del certificado electrónico de Delitos de Naturaleza Sexual deben comprobar su validez desde el apartado ‘Verificación de documentos mediante el CSV’ consignando el Código Seguro de Verificación (CSV) que incluye el documento. Este código identifica el documento electrónico y consta de 23 caracteres, entre números y letras separados por guiones.

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