Las votaciones en la Asamblea General


La Asamblea General de una asociación es el máximo órgano soberano de la entidad y forman parte todas las personas asociadas. En este artículo se exponen diferentes formas de funcionar y aclarar conceptos que se utilizan en las votaciones de las Asambleas Generales. De todas formas, es necesario hacer una lectura cuidadosa de los estatutos (o del reglamento de régimen interno en caso de tenerlo) de su asociación para saber qué tipo de votación y qué tipo de recuento debe aplicar en función del tipo de acuerdo que deba tomarse.

Si desea conocer más a fondo las funciones y cómo convocar y celebrar una Asamblea Generalconsulte el siguiente artículo:

Maneras de votar

Hay dos sistemas transparentes de proceder con las votaciones, pero también son sistemas en los que se puede influir en el voto de los demás; éstos son:

  • Mano altura: votación pública en la que se expresa el voto levantando la mano.
  • Voz cantada: votación pública en la que se expresa el voto verbalmente.

Otras formas más complejas de votación, pero que garantizan más privacidad son:

  • Sistema telemático: votación digital a través de un formulario, correo electrónico o herramientas online como Loomio, Mastodon o Decidimos.
  • Urna: votación secreta en la que se expresa el voto en una papeleta y se introduce en una urna. La votación para la adopción de acuerdos debe ser secreta si lo solicitan, al menos, el 10% de las socias presentes o representadas en la reunión.

Sistemas de recuento y aprobación

  • Mayoría simple: se obtendrán más votos a favor que en su contra, sin contar las abstenciones, los votos en blanco y los nulos. Por lo general, los acuerdos se adoptan por mayoría simple, si bien los estatutos pueden exigir, para cuestiones determinadas, un voto favorable más cualificado.
  • Mayoría calificada: se requieren más votos que en la mayoría simple, normalmente dos tercios de los votos.
  • Mayoría absoluta: para aprobarse los acuerdos deben obtenerse el 50% más 1 voto favorable del conjunto de votos emitidos.

Otra forma de aprobar puntos por aclamaciónun método sin votación de ningún tipo en el que la aprobación se realiza mediante el asentimiento. Es decir, si nadie manifiesta nada en contra ni pide expresamente que se vote, se considera que existe acuerdo unánime y se aprueba. Se podría utilizar, por ejemplo, para aprobar la composición de la mesa de la AGO o el orden del día.

Votaciones a candidaturas

Una persona que quiera formar parte de la Junta Directiva no se presenta directamente en el AGO, sino que forma parte de un proceso previo donde hace saber a la Junta Directiva vigente que desea participar de esta. Esta petición de formar parte de la Junta Directiva puede estar en bloque, un grupo de personas que alcanzarán todos los cargos, o de una sola persona, que se presentará para ocupar un cargo. Con la documentación del AGO se hará llegar la candidatura o candidaturas de la próxima Junta, y en su caso sus programas.

Si se presenta una sola persona por un cargo deberá ratificarla en la Asamblea. Si se presentan más de una candidatura será necesario votar por una de ellas. Y si no existen nuevas candidaturas será necesario reelegir la candidatura vigente según los años que se indiquen en los estatutos, con un máximo de cinco años. Todo esto será en caso de que los estatutos no establezcan un procedimiento electoral diferente para escoger las candidaturas.

Votaciones a enmiendas

Antes de votar cualquier documentación de la AGO será necesario votar las enmiendas propuestas por el documento. Para que las votantes puedan hacer enmiendas y revisarlas antes de la AGO les proponemos la Plantilla de ficha de enmiendas.

Otros recursos de interés

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